La Audiencia de Cantabria ha condenado a una mujer a un año y seis meses de cárcel por insultar, golpear en la cabeza, arañar y tirar del pelo a su ginecóloga, a la que también deberá indemnizar con 955 euros.

La sentencia, de la Sección Tercera de la Audiencia y a la que ha tenido acceso Europa Press, desestima el recurso interpuesto por la acusada y confirma un fallo previo del Juzgado de lo Penal número 4 de Santander.

Los hechos ocurrieron el 6 de mayo de 2011 cuando, sobre las 13.45 horas, la paciente se presentó, acompañada de un hombre, en la consulta de Ginecología de la Residencia de Cantabria, perteneciente al Servicio Cántabro de Salud (SCS). Pese a carecer de cita previa, la mujer solicitó ser atendida por la ginecóloga, que en ese momento estaba pasando consulta.

Finalmente, fue recibida y, cuando estaba en el interior de la consulta, la acusada arrojó a la ginecóloga un parte médico que la misma le había extendido años atrás. A continuación, le preguntó si era la autora de dicho informe y, cuando se lo confirmó, la mujer llamó a la médico «malnacida», y la dijo también que «había matado a su hijo».

Acto seguido, se abalanzó sobre ella, y empezó a darle golpes en la cabeza, y a arañarla y tirarla del pelo. La ginecóloga logró zafarse de la acusada y salir a la sala de espera, donde pidió a gritos que avisaran a seguridad.

También salieron la enfermera que estaba en la consulta y la acusada y su acompañante. Una vez fuera, la mujer se abalanzó nuevamente sobre la médico, a la que propinó una bofetada en el rostro, y tiró de nuevo el pelo y la volvió a arañar, abandonando finalmente el hospital.

A consecuencia de esta agresión, la ginecóloga –cuya defensa corrió a cargo de los Servicios Jurídicos del Colegio de Médicos de Cantabria, a través del abogado Gabriel Rodríguez– sufrió erosiones en frente y pómulos, eritemas en la zona dorsal, cervical y brazos, y contusión en el pecho derecho, para las que precisó asistencia médica y de las que tardó en curar siete días no impeditivos para el desempeño de sus ocupaciones. Como secuelas le quedó una cicatriz de un centímetro en la región frontal.

Ante esto, la jueza entendió que la acusada –que en el momento de los hechos presentaba un pensamiento «delirante» por un problema ginecológico pero conservaba sus facultades intelictivas y volitivas– cometió un delito de atentado en concurso ideal de delitos con una falta de lesiones, por la que la condenó a un año y seis meses de cárcel y al pago de una multa de 360 euros, además de a indemnizar a la víctima con 955 euros.

Recurso

La mujer presentó recurso alegando error en la valoración de la prueba. Aseguraba también que ella no fue a «agredir» sino a «buscar una respuesta» y que la doctora no fue agredida, sino que «perdió el equilibrio».

Sin embargo, la Audiencia señala que los hechos está perfectamente calificados y destaca también que las declaraciones de la doctora han sido «en todo momento persistentes e idénticas», al igual que las de los testigos de las acusaciones, en tanto que la paciente «en cada momento ha dicho algo diferente», al igual que su testigo, cuya «incoherencia» es «notable.

Por todo ello, rechaza el recurso de apelación y confirma el fallo de instancia, ratificando el año y medio de prisión, la multa de 360 euros y los 955 de indemnización a la víctima.

Redacción Médica

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