«No ocurrió en la oposición de 2007 y, sin embargo, sí pasa en la de 2011, cuyos exámenes aún no se han producido; y es una injusticia». Francisco Javier García es enfermero en el hospital de Mérida. Su mujer lo es en el Infanta Cristina de Badajoz. La diferencia entre uno y otra es que ella tiene una reducción de jornada por el cuidado de sus dos hijos. «Y esto hará, si no se modifica, que su puntuación por experiencia profesional será menor», señala Francisco Javier.

Por este motivo decidió contactar con el Colegio Oficial de Enfermeros de Badajoz, para solicitar a sus servicios jurídicos asesoramiento sobre qué camino elegir para lograr que el SES rectifique las bases de la convocatoria tanto de las oposiciones de 2011 como las que regulan la creación de las bolsas de trabajo. En ambas se señala que «los servicios prestados que no sean a jornada completa se valorarán en proporción a la jornada trabajada».

Los servicios jurídicos del Colegio Oficial de Badajoz consideran que esta cláusula incumple la normativa europea. Por este motivo, cuando llegaron a la entidad las primeras quejas decidieron crear un modelo de reclamación y ponerlo a disposición de todos los afectados en su web. Cuando Francisco Javier llegó en busca de asesoramiento se encontró con qué ya disponía de la reclamación pertinente. «La he rellenado y la he entregado en el SES, además de repartir copias por el hospital de Mérida, igual que mi mujer por el Infanta Cristina de Badajoz».

Hasta la fecha, según el colegio pacense, son más de una treintena de enfermeros los que ha pedido al SES que modifique esas bases. Según su versión, la reducción de jornada por el cuidado de hijos debe contabilizarse como jornada completa, según el abogado Raúl Tardío. «No hacerlo supone un trato discriminatorio por razón de sexo, porque el 95% de las reducciones concedidas son a mujeres».

En este sentido, el letrado saca a colación la Directiva 2006/54/CE, de 5 de julio, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades y de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, «que se muestra, en su artículo 14.1.a) especialmente contundente en el rechazo de prácticas discriminatorias, ya sean directas o indirecta», dice el letrado y así lo ha recogido en el modelo de reclamación elaborado. «No se ejercerá discriminación directa ni indirecta por razón de sexo en los sectores público o privado, en relación con las condiciones de acceso al empleo, al trabajo por cuenta propia o a la ocupación, incluidos los criterios de selección y las condiciones de contratación, cualquiera que sea el sector de actividad y en todos los niveles de la jerarquía profesional, incluida la promoción», dice el artículo de la directiva europea.

En relación con la discriminación indirecta por razón de sexo, el abogado del Colegio de Enfermería de Badajoz mantiene que «en modo alguno se puede soslayar que ha sido el Tribunal de Justicia de la UE el que, en reiteradas ocasiones, ha considerado que se incurre en tan grave tacha cuando la aplicación de una medida nacional, aunque formulada de manera neutra, perjudica,, a un número muy superior de mujeres que de hombres».

Tardío mantiene que la cláusula que se pide que sea rectificada «dificulta seriamente, si no impide, que las trabajadoras puedan conciliar el acceso o permanencia en la función pública -o en el mercado de trabajo- y sus responsabilidades familiares, con el evidente perjuicio para sus hijos». Añade, en este sentido, que facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar debe ser un objetivo que vaya más allá de las palabras. Por todo ello el colegio pacense ha elaborado el modelo de reclamación y por ello también Francisco Javier ya ha registrado la suya firmada ante el SES. Para pedir a la secretaría general que proceda a la anulación de la cláusula o, cuando menos, a su modificación, en el sentido de valorar como jornada de trabajo a tiempo completo los servicios prestados por enfermeras acogidas a reducciones de jornada por cuidado de hijo.

Además, Tardío asegura que esta discriminación alcanza a otras categorías profesionales. En la misma situación se encuentran, según él, las auxiliares de enfemería y los técnicos especialistas en anatomía patológica, laboratorios, medicina nuclear, radiodiagnóstico y radioterapia.

Diario HOY, 15/12/2013


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