RESOLUCIÓN de 9 de julio de 2015, de la Secretaría General, por la que se acuerda la remisión de expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento abreviado n.º 55/2015, e interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Badajoz, y se emplaza a los posibles interesados en el mismo. (2015061673) Resolución de 9 de julio de 2015, de la Secretaría General, por la que se acuerda la remisión de expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo tramitado por el procedimiento abreviado n.º 55/2015, e interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Badajoz, y se emplaza a los posibles interesados en el mismo. Ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Badajoz se ha interpuesto el recurso contencioso-administrativo con número de procedimiento abreviado 55/2015, promovido por D. Francisco Javier García Romero, contra la Resolución de 20 de noviembre de 2014, dictada por el Director Gerente del Servicio Extremeño de Salud, por la que se desestimó el recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 23 de septiembre de 2014, de la Dirección Gerencia (DOE n.º 191, de 3 de octubre), por la que se convocaba la constitución de las bolsas de trabajo en la categoría de Enfermero/a y para Unidades de Especiales Características de esta categoría, para la selección y cobertura de plazas básicas de personal estatutario temporal en las Instituciones Sanitarias del Servicio Extremeño de Salud. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 48 y 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y dando cumplimiento al requerimiento efectuado por el Juzgado Contencioso-Administrativo n.º 1 de Badajoz, se acuerda la remisión del expediente administrativo y se emplaza a los posibles interesados en el mismo, para que puedan personarse ante dicho Juzgado, si a su derecho conviniera, en el plazo de nueve días, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución. De personarse fuera del plazo indicado, se les tendrá por parte para los trámites no precluidos, continuando el procedimiento por sus trámites y sin que haya lugar a practicarles en estrados o en cualquier otra forma, notificaciones de clase alguna. Mérida, a 9 de julio de 2015. El Secretario General, CÉSAR SANTOS HIDALGO
Viernes, 31 de julio de 2015