Publicamos la Circular nº 49/2014 del Consejo General de Enfermería en relación a la aprobación del Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, de modificación del Marco Español de Cualificaciones de Educación Superior.

Circular nº 49 APROBACIÓN RD MECES

RD 967.2014

3 Comentarios

  1. Buenos días, lo primero Muchisimas gracias por esa noticia tan maravillosa para nuestra profesión.
    Creo que profesión solo hay una: enfermera, y todos tenemos los mismos derechos como profesionales.
    Pero me quedan dos dudas…¿se podrá hacer via telemática?, ¿será muy difícil los trámites?
    Muchas gracias

    • Hola Ángela

      Respondiendo a su pregunta, el Real Decreto 967/2014 incorpora procedimientos para:

      a) La homologación, la declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial, y la convalidación de títulos, diplomas y estudios extranjeros de educación superior (arts. 6 y ss).

      Respecto al inicio de la tramitación de este procedimiento, el artículo 8, en concreto, dispone que:

      «El procedimiento se iniciará mediante solicitud del interesado, dirigida al titular del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, presentada en cualquiera de los lugares a que hace referencia el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

      La solicitud también podrá presentarse por vía electrónica en el Registro electrónico del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de acuerdo con lo previsto en la normativa que regula el acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

      2. Por orden de la persona titular del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte se determinarán los modelos normalizados de solicitud, la documentación que justifique el contenido de la petición y los requisitos a que deben ajustarse los documentos necesarios para iniciar el procedimiento».

      El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha habilitado un servicio para presentar la solicitud por vía electrónica, al que puede acceder desde el siguiente enlace: https://sede.educacion.gob.es/catalogo-tramites/gestion-titulos/estudios-universitarios/titulos-obtenidos-fuera-de-espana/reconocimiento-titulos-directiva-comunitaria.html

      b) Para determinar la correspondencia de los títulos oficiales de Arquitectura, Ingeniería, Licenciatura, Arquitectura Técnica, Ingeniería Técnica y Diplomatura a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior (arts. 19 y ss).

      A estos efectos, el artículo 19 establece que:

      «1. El procedimiento para la determinación de la correspondencia de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior se iniciará de oficio por la Dirección General de Política Universitaria, por propia iniciativa, como consecuencia de orden superior, a petición razonada de otros órganos o por denuncia.

      2. Con anterioridad al acuerdo de inicio, la Dirección General de Política Universitaria podrá abrir un período de información previa con el fin de conocer la conveniencia o no de iniciar el procedimiento».

      Esperando haber resuelto su consulta, reciba un cordial saludo.

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