Los permisos y vacaciones del personal del SES se regulan, en la actualidad, por las Instrucciones de 8 de mayo de 2013, de la Secretaría General del SES, modificadas por las Instrucciones de 18 de noviembre de 2015 (para la modificación del punto 2.13 y del punto 4) y por las Instrucciones de 10 de Marzo de 2016 (para la modificación del punto 2.15 apartado b) de las instrucciones del 8 de mayo de 2013).
De aplicación al personal estatutario del Servicio Extremeño de Salud.
Se aplicarán igualmente al personal funcionario perteneciente al ámbito sanitario del Servicio Extremeño de Salud, en tanto no contradigan lo establecido con carácter general para el personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma, así como al personal laboral del organismo en cuanto no se opongan al ordenamiento laboral y, en su caso, de hallarse en su ámbito de aplicación, al Convenio Colectivo para el personal laboral de la Junta de Extremadura.
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