El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso contencioso administrativo interpuesto por el Colegio Oficial de Médicos de Tarragona contra la totalidad del Real Decreto que regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, conocida de manera popular como de «prescripción enfermera».
En su redactado, el Alto Tribunal analiza la pretensión de nulidad de la norma por infracción del trámite de audiencia en el procedimiento de elaboración de la disposición general, alegando los demandantes que tras ciertas modificaciones sustanciales a la redacción hubiera sido necesario repetir el dicho trámite de audiencia. No obstante, la Sección 4 de la Sala de lo Contencioso Administrativo de Madrid argumenta que las diversas modificaciones no son sino reflejo del Consejo de Estado emitido en el trámite, y que dichos cambios en el Real Decreto no suponen alteración sustancial del redactado final, rechazando el recurso interpuesto por los médicos.
Fuente: Redacción Médica