El Servicio Extremeño de Salud ha publicado hoy la Resolución de la Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitaria y Sociosanitaria en la que se incluye el primer listado provisional del personal de enfermería del ente público con una experiencia profesional mínima de un año para su acreditación de oficio como profesionales autorizados para la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano en Extremadura.

De esta manera, la Administración hace efectivo el procedimiento que incluyó en el Decreto 25/2021, de 7 de abril para la acreditación de oficio de los enfermeros que ejercen en los centros de titularidad pública autonómica y cumplan el requisito de experiencia exigido. Dicho procedimiento se iniciará semestralmente, recabando los informes y certificaciones precisos de manera interna para evitar trámites administrativos innecesarios. En este caso, la acreditación es automática y las personas incluidas en el listado no tienen que realizar ningún trámite adicional, salvo esperar a que sea publicada la relación definitiva.

Consulta aquí el listado de enfermeras y enfermeros propuestos para la acreditación

Se abre ahora un trámite de audiencia de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de este listado provisional (del 14 al 27 de mayo de 2021, ambos incluidos), para que las enfermeras y enfermeros interesados que cumplan el requisito mínimo de un año requerido y no hayan sido incluidos en la relación, puedan efectuar alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimen pertinentes. Para ello, se ha dispuesto un modelo oficial de alegaciones que deberá cumplimentarse según las instrucciones detalladas en el propio documento y remitir el archivo pdf a la dirección electrónica acreditacion.enfermeria@salud-juntaex.es, indicando en el asunto Alegación al listado provisional (procedimiento de oficio) y en el texto del mensaje «Remito alegación al listado provisional del procedimiento de acreditación de oficio (Decreto 25/2021, de 7 de abril)».

Accede al modelo oficial de alegaciones desde aquí

En cualquier caso, recordamos que el procedimiento se revisará de manera semestral, por lo que será posible solicitar la acreditación en sucesivas publicaciones. Ante cualquier duda sobre el procedimiento de acreditación de oficio, puede contactarse directamente con el SES a través de este correo electrónico.

Escribir respuesta

Please enter your comment!
Please enter your name here

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.